jueves, 11 de septiembre de 2014

Planes de pensiones: cambios a la vista



Fuente: Fernando Luque  Morningstar.es



Enumero solo 2, hay muchos más, acudir al enlace de abajo.


*Reducción de comisiones 

Se reducen los límites máximos aplicables a las comisiones. El límite máximo de la comisión de gestión se establece en 1,5% anual sobre el patrimonio o en 1,2% anual sobre patrimonio y 9%  anual sobre resultados y el de la comisión de depositaría en 0,25% anual sobre el patrimonio. La fecha de entrada en vigor de esta modificación es dos meses desde la publicación del Real Decreto en el BOE, el 2 de octubre de 2014. 

Nuestra valoración: Primero se debería haber discriminado la disminución de comisiones en función del tipo de plan. No es lo mismo que un plan de renta variable baje su comisión al  1,5% que lo haga un plan de renta fija a corto plazo o un plan garantizado. Hay que recordar que el 80% del patrimonio de los planes de pensiones está invertido en planes monetarios, planes garantizados, planes de renta fija a corto plazo, planes de renta fija y planes mixtos defensivos. Para estas categorías el impacto de la reducción de costes es prácticamente insignificante (en la tabla y gráfico adjuntos hemos calculado las comisiones medias de gestión que cobran en la actualidad los planes de cada categoría y las comisiones medias que cobrarían si todos los planes que cobran más de un 1,5% rebajasen hasta este nivel su comisión de gestión).



*Rescate a los 10 años 

El Proyecto de Ley de modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (que aún está en trámite parlamentario, pero  que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2015) también incluye claras implicaciones para los inversores en planes de pensiones. Quizá la modificación más relevante es la posibilidad que se les ofrecerá a los partícipes de planes de pensiones del sistema individual (a partir del 1 de enero de 2015) de poder disponer anticipadamente del importe de sus derechos consolidados (es decir del dinero acumulado en el plan) al cabo de los diez años. Hasta ahora los partícipes sólo podían recuperar su inversión en caso de jubilación, de enfermedad grave y de paro de larga duración. Hay que indicar que la medida no es retroactiva; es decir las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2015 no se beneficiarán de este supuesto de liquidez. Además el plazo de diez años se aplicará a cada aportación. 

Nuestra valoración: En principio facilitar la disponibilidad de los planes de pensiones nos parece positiva, aunque lo que realmente se debería mejorar es la fiscalidad de las prestaciones (es decir la fiscalidad a la hora de recuperar la inversión).




Artículo muy interesante:

http://www.morningstar.es/es/news/128911/planes-de-pensiones-los-cambios-que-afectar%C3%A1n-a-los-inversores.aspx

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